Dosimetría radón Puglia

Reducción de la exposición a la radiactividad natural derivada del gas radón en espacios confinados.

EL PLAZO ÚLTIMO PARA EL INICIO DE LAS MEDICIONES SE HA PRORROGADO HASTA EL 30.05.2020.

La Ley Regional n.º 30, de 3 de noviembre de 2016

«Normas para la reducción de la exposición a la radiactividad natural derivada del gas radón en espacios confinados cerrados», modificada por el artículo 25 de la Ley Regional 36/2017, de 09/08/2017, (BURP n.º 96, de 11/08/2017), exige la medición del radón en todos los lugares accesibles al público, independientemente de su localización, en toda la región.

Para los edificios estratégicos

con arreglo al Decreto ministerial de 14.01.2008, y destinados a la enseñanza, incluidas las guarderías y las escuelas infantiles, el nivel límite de referencia para la concentración de actividad de gas radón en un espacio cerrado, y en todos los locales del inmueble en cuestión, no puede superar los 300 Bq/m3, medido con un equipo pasivo.

 

Para los sótanos, semisótanos y locales en la planta baja

de edificios distintos de los especificados anteriormente, y abiertos al público, con excepción de las viviendas y de las salas técnicas aisladas que dan servicio a los sistemas de red, el nivel límite de referencia para la concentración de actividad de gas radón en un espacio cerrado no puede superar los 300 Bq/m3, medido con un equipo pasivo. Quedan exentos de las obligaciones de medición los locales en la planta baja con una superficie no superior a 20 metros cuadrados, salvo que, en virtud de la conexión estructural con otros locales, se supere el límite de superficie previsto para la exención, siempre que se disponga de una ventilación adecuada.

 

La medición se realiza

con un equipo pasivo utilizando detectores de trazas nucleares CR-39 listos para usar. Solo será necesario extraer los dispositivos del paquete de envío y colocarlos a una altura comprendida entre 1 y 3 metros aproximadamente, en una zona alejada de fuentes de calor y de renovación del aire. La medición se determinará como el valor medio de concentración durante un periodo anual dividido en dos semestres de primavera-verano y otoño-invierno.

 

Al finalizar las actividades de medición

procederemos a preparar la comunicación que deberá enviarse en el plazo de un mes desde la conclusión de la detección al Ayuntamiento correspondiente y a la Agencia Regional para la Protección y Prevención del Medio Ambiente (ARPA) de Puglia.

​En caso de que no se envíen las mediciones dentro de los dieciocho meses posteriores a la fecha de entrada en vigor de la Ley Regional, el Ayuntamiento procederá a requerir mediante ordenanza el envío de las mediciones efectuadas, concediendo un plazo no superior a treinta días, cuyo posible incumplimiento del plazo comportará la suspensión legal del certificado de viabilidad.